RSS
 

COMENTARIOS A LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LAS FAMILIAS, MATERNIDAD Y LA PATERNIDAD

Dra. Alba Borjas

Los trabajadores venezolanos cuentan desde el veinte (20) de septiembre del año 2007, con una nueva Ley para la Protección de la Familia, Maternidad y la Paternidad, fuerzas expansiva del derecho social, que con la progresividad de sus normas han roto las esfera individualista ajena al interés común de solidaridad de clase, surgiendo un nuevo paradigma que se expande en el campo laboral.

Los aspectos más resaltantes de esta Ley, son los derechos que se le otorgan al padre trabajador, de gran impacto social por que con ellos se apuntan hacia la transformación de la sociedad donde ambos padres sean responsables de los hijos que procreen, ya que el nacimiento de un hijo es un acontecimiento uncí que debe ser compartido por el padre y así brindarle a la madre el apoyo que como mujer necesita en ese momento tan importante en su vida, lo que constituye un paso adelante en contra de la separación de las funciones de la familia, donde se le otorgaba todo el peso de la responsabilidad a la madre, por lo que con ésta nueva Ley definitivamente los hombres tendrán una nueva visión ante el hecho de convertirse en padres asumiendo toda la responsabilidad que como tales les corresponde.

Ante de la promulgación de esta novedosa Ley, las licencias por el nacimiento de un hijo eran temas exclusivamente femeninos, puesto que los permisos pre y post-natales sólo estaban destinados a las madres, como eje biológico del núcleo familiar, siendo dichos permisos de seis (6) semanas antes del parto y doce (12) semanas después del mismo, pudiendo tener éste una duración mayor a causa de una enfermedad que según dictamen del médico sea consecuencia del embarazo del parto que la incapacite para el trabajo, así como también se protegía con la inmovilidad laboral de la madre en su embarazo y hasta un año después del parto, pero desde la entrada en vigencia de esta Ley para la Protección de las Familias, Maternidad y la Paternidad, en su artículo 9, establece que “en nuestro país los padres trabajadores también pueden gozar de una licencia o permiso de paternidad remunerado, cuando nazcan sus hijos a los fines de asumir en condiciones de igualdad con la madre, el acontecimiento, las obligaciones y responsabilidades derivadas en relación a su actividades y asistencias.

Dicho permisos o licencias son de catorce (14) días continuos y en caso de enfermedad grave del hijo, así como de complicaciones graves de salud que coloquen en riesgo la vida de la madre, este premiso o licencia de paternidad remunerada se extenderá por un periodo igual de catorce (14) días continuos y cuando el parto sea múltiple será de veintiún (21) días continuos, en caso de fallecimiento de la madre, el padre tiene derecho a la licencia o premiso pre-natal que hubiere correspondido a ésta, para así garantizar al hijo los cuidados tan esenciales en sus primeros días de vida.

Del mismo modo establece la Ley, que al trabajador a quien se le conceda la adopción de un niño o niña de tres (3) años, también disfrutará de este premiso o licencia de paternidad remunerada, así como de la inmovilidad laboral a partir de que la misma le sea acordada por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente. Lo antepuesto no es más que reconocer la corresponsabilidad del padre trabajador para con sus hijos, esposa o compañera, estos premisos son irrenunciables y deberá computarse a los defectos de determinar la antigüedad del trabajador y si este solicita inmediatamente después del permiso o licencia de paternidad, las vacaciones o que tuviera derecho, el empleador está obligado a concedérsela.

Todo lo anteriormente establecido, no es más que reconocer la corresponsabilidad del padre trabajador, para con sus hijos, esposa o compañera, en función de proteger los derechos derivados de la maternidad, de la paternidad y familia de la clase trabajadora, siendo esto un acto de justicia social establecidos en nuestra Constitución Nacional.

 

Escriba un comentario

 


ocho − = 5

 
  1. Alexis

    24 noviembre, 2010 at 4:01 PM

    En el departamento de prestaciones de la caja regional del Estado Aragua, ni siquiera conocen este instrumento legal, tuve que llevarme la ley, y mostrarle que en su artículo 9 se establece que el pago será sufragado por la seguridad social. Y la respuesta a esto fue que sufragado no es igual a pago.

    Luego me trasladé al departamento de prestaciones del IVSS y me dijeron que si conocían la ley y el artículo, pero que eso no lo estaban pagando por cuanto la ley no establecía la modalidad de pago.

    En vista que no me daba respuesta en los departamentos correspondientes, tuve que dirigirme al departamento de asesoría legal del IVSS, en el que me atendió muy amablemente la Abg. Zoila Fajardo y me indicó que ella ha elevado esta consulta a la Dirección General de Consultoría Jurídica y que todavía no le han dado respuesta.

     
  2. Norkys

    3 octubre, 2011 at 3:28 AM

    Buenas noches tengo una duda. Mi hijo nació en enero de 2007, su padre no lo reconoció ni ha visto de él durante todo este tiempo. ¿El padre de mi hijo está obligado por esta Ley a reconocer su paternidad? ¿Qué puedo hacer para que mi hijo sea reconocido?

     
  3. maria lozada

    19 octubre, 2011 at 11:01 PM

    cuales son las normas que deroga esta ley?

     
  4. edgar rodriguez

    15 diciembre, 2011 at 12:32 PM

    buenos dias, una pregunta, al padre no le toca ningun tipo de bono (dinero) por nacimiento del niño?

     
  5. Yuri

    28 enero, 2012 at 9:08 PM

    Buenas tardes. Abogada, sera que me puede ayudar con esta pregunta. En el caso de que el padre esta contratado por tres (03) meses, ¿igualmente goza de la inmovilidad por un año? Es decir, no lo pueden votar de la empresa? Agradezco su pronta respuesta. Gracias

     
  6. claudia gutierrez

    26 septiembre, 2012 at 10:01 AM

    tengo un amigo que estubo una vez con una mujer y ella quedo embarazada el se nego a que lo tuviera pero despues de la prueba de ADN resulto ser el padre de la criatura. El ahora debe comparecer ante lo legal y darle su apellido al niño asi como el 30 % de su sueldo tengo entendido, pero el no quiere ningún tipo de relacion con la criatura no quiere verlo porq no le nace nada de afecto y al contrario de darle amor podria ignorarlo, eso esta bien?

     
  7. ALEXANDER NIEVES

    29 enero, 2013 at 2:01 PM

    MUY BIEN EL ARTICULO PERO DEBERIAN SER 14 DIAS HABILES SIN METER SABADO Y DOMINGO YA Q PASARIAN LOS PADRES MAS TIEMPO CON EL BB Y ASI SE TENDRIA UN POCO MAS DE CONTACTO FISICO YA Q ES MUY IMPORTANTE EL CONTACTO ENTRE PADRE E HIJOEN ESA ETAPA DEL DESARROLLO ENTRE AMBOS

     
  8. yoneiker

    26 febrero, 2013 at 4:15 PM

    buenos dias yo quisiera saber si uno el padre puede quitarle ah la madre ah su hijo y por lo legal yo soy el papa de la bebe y quisiera quitarsela por la forma en que vive ella yo le doy todo ah mi hija pero quisiera darle una mejor foma de vivir ya que hay no esta resiviendo un buen ejemplo por favor respondan ah mi pregunta

     
  9. alba suarez

    27 febrero, 2013 at 4:07 PM

    quisiera saber si es correcto que a una mujer embarazada o despues de dar a luz se le descuente la parte del reposo del pago de las utilidades que concede la empresa a fin de año

     
  10. gregory ortega

    31 mayo, 2013 at 3:47 PM

    que pasa con la empresa o patron que no pague esta oeste permiso gracias

     
  11. patrick

    9 diciembre, 2013 at 2:08 PM

    Buenos dias mes mi esposa le hicieron cesaria el 3 de Diciembre 2013 quisiera saber quien paga los 14 dias licencia de paternidad el IVSS o la compania ya que fui al IVSS y me informaron que ellos no pagan eso que es la compañia y la compañia dicelo contrario.
    Agradeciendo su pronta repuesta,
    Patrick

     
  12. NELSON VILLEGAS

    8 enero, 2014 at 3:08 AM

    Buenas noches, tengo un caso en la empresa donde trabajo y en la cual soy sindicalista, el problema o lo acontecido es lo siguiente, un trabajador salio de vacaciones el 17 de noviembre y su esposa dio a luz el 23 de ese mismo mes, el trabajador presento el acta de nacimiento el 23 de diciembre cuando se le vencia las vacaciones. mi pregunta es la siguiente, el trabajador pierde el gozo de los 14 dias de licencia por parto?

     
  13. MARTHA GARCIA

    21 enero, 2014 at 10:05 PM

    Mi pregunta es. Si un trabajador le dan vacaciones colectivas en diciembre para reintegrarse en enero y su esposa da a luz en el tiempo de sus vacaciones, cuando gozaría de sus 14 días según la ley art 339.
    Gracias y en espera de su pronta respuesta.

     
  14. glenis

    3 abril, 2014 at 2:57 AM

    Sera cierto q es d obligacion total q el hijo o la hija tenga q llevar el apellido del padre en caso q no tenga ninguna relacion con la madre? Solo el ni#o. Gracias por su respuesta….

     
  15. Alida

    6 octubre, 2014 at 7:43 PM

    buenas tardes,
    estando un trabajador disfrutando de su periodo vacacional, y nace su hijo durante esos días, se interrumpen las vacaciones para el disfrute de la licencia de paternidad? y luego se retoma el disfrute de sus vacaciones?

     
  16. carlos alfonso ortega herrera

    19 noviembre, 2014 at 3:40 PM

    buenas tardes,
    estando un trabajador disfrutando de su periodo vacacional, y nace su hijo durante esos días, se interrumpen las vacaciones para el disfrute de la licencia de paternidad? y luego se retoma el disfrute de sus vacaciones? y si a trabajadora trabaja hasta medio dia para amamantar a su bebe la empresa tiene q suministrarle el transporte?

     
  17. Juan

    14 marzo, 2015 at 3:27 AM

    en el caso de tener gemelos se aplica el lapso de 21 dias o serian igual 14?

     
  18. DAVIELIS HERNANDEZ

    13 mayo, 2015 at 3:59 PM

    LA EMPRESA PUEDE VOTAR A UNA TRABAJADORA QUE TIENE UN AÑO DE HABER DADO A LUZ SIN RECONOCERLE SU SALARIO YA QUE SON DOS AÑOS DE INAMOVILIDAD?

     
  19. yaribe

    3 agosto, 2015 at 3:14 PM

    hola yo estoy embarazada de gemelas me gustaria saber si el reposo pos natal esmas de las l20 semanas que establece la ley yaque el reposo parael padre se extiende a 21 dias por ser parto multipledebiera ser igual para la madre quisiera saber eso yaque he preguntado y nadie sabe