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SISTEMA TRIBUTARIO VENEZOLANO

  M.Sc. Felipe S. Villalobos G.
Universidad Privada Dr. Rafael Belloso Chacín, URBE
felipe.villalobos@urbe.edu

M.Sc. en Gerencia Tributaria. Diplomando en Administración Tributaria. Abogado. Coordinador del Programa Nivel Maestría en Gerencia Tributaria. Investigador Activo del Centro de Investigaciones de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales (CICJPS) y del Centro de Investigaciones de Ciencias Administrativas y Gerenciales (CICAG). Abogado Asociado de la firma Blanchard, Granadillo, Asesores y Asociados.

 

Se denomina sistema tributario al conjunto de normas y organismos que rigen la fiscalización, control y recaudación de los tributos de un Estado en una época o periodo determinado, en forma lógica, coherente y armónicamente relacionado entre sí. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece que el sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad contributiva de los contribuyentes, de acuerdo con los principios de generalidad, progresividad, legalidad, no confiscatoriedad y la prohibición de obligaciones tributarias pagaderas con servicios personales.

Asimismo, se ordena que el sistema tributario se sustentará en el principio de eficiencia con la finalidad de elevar la calidad de vida de la población y proteger la economía nacional. Estos, principios constitucionales de orden tributario se constituyen en garantía para los ciudadanos y en especial para los contribuyentes frente al poder de imperio del Estado. El conjunto normativo está integrado por la  carta fundamental como lo es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Código Orgánico Tributario (como norma matricial), y las leyes y reglamentos que regulan los diferentes tributos entre otros, el impuesto, esto sobre la renta, al valor agregado, sucesiones y donaciones, alcoholes y especies alcohólicas, cigarrillos y tabacos, contribuciones parafiscales y sociales.

Además, forma parte del sistema tributario las competencias asignadas por la Constitución y las leyes a los estados y Municipios, y por medio de la cual ejerce la potestad tributaria autónoma con las limitaciones establecidas en el ordenamiento jurídico nacional. En tal sentido, al hablar de un sistema tributario se debe articular tanto el Poder Nacional como el Estadal y el Municipal, los entes y órganos con competencia para el control, recaudación y administración de las contribuciones especiales y de las tasas.

En los lineamientos generales establecidos el Plan de la Patria – Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, es donde se presenta la guía de transición al socialismo bolivariano del siglo XXI, constituido por un conjunto de políticas dirigidas a incrementar la capacidad de acción estratégica de gobierno para lograr niveles de eficiencia y eficacia; en lo referente a la tributación, se marca:

Objetivo Nacional: 1.3. Garantizar el manejo soberano del ingreso nacional. Objetivo Estratégico y General: 1.3.9. Compatibilizar el sistema impositivo hacia estándares internacionales de eficiencia tributaria para alcanzar acuerdos comerciales más efectivos y eficientes con los países socios, salvaguardando la soberanía nacional.1.3.9.1. Adecuar y fortalecer los mecanismos de control impositivo para mejorar la eficiencia en la recaudación de los tributos nacionales y viabilizar futuros acuerdos comerciales.

En consecuencias, tendencia actual en materia tributaria como medida de garantizar ingresos suficientes para sufragar los gastos públicos, es establecer un sistema de administración tributario eficiente y eficaz, situación que no se ha logrado, muy a pesar de las últimas reformas tributaria del Poder Nacional, así como las constante reformas observadas en los sub-sistema tributarios estadales y municipales.

Así, todo sistema tributario supone  una ordenada legislación de armonización y coordinación tributaria, que permita la coexistencia y articulación entre los entes políticos territoriales con potestad tributaria propia y las distintas entidades autónomas con competencias de recaudación y control sobre ciertos tributos (tasas y contribuciones); a objeto de evitar las múltiples cargas tributarias que puedan afectar la capacidad contributiva de los contribuyentes.

Es necesario incluir otros elementos para alcanzar la eficiencia en la recaudación de tributos como son: la educación y cultura tributaria, capacitación de los funcionarios de la Administración Tributaria y establecimiento de nuevos procedimientos y tecnologías, así  y solo así se podrá sustentar la recaudación tributaria en un sistema eficiente.

 

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  1. Jerónimo Rodríguez

    29 febrero, 2016 at 19:00

    Felicitaciones Doctor. muy ilustrativo el material por Ud., publicado, y una buena herramienta para estudiantes y profesores.

     
  2. Daniel Rodríguez

    27 marzo, 2016 at 15:59

    Buenos días, M.Sc. Felipe S. Villalobos G., como esta y amanece, espero que bien y saludable usted y su familia, la finalidad de mi mensaje es felicitarlo por su breve reseña y enseñanza sobre el tema antes expuesto me servirá de mucha ayuda, agradecido e incentivando a el fortalecimiento de información administrativa en la red para los distintos estudiantes de la rama antes dicha

     
  3. Karen

    14 abril, 2016 at 1:18

    Buenas noches Doctor, espero se encuentre bien, excelente articulo, quisiera conocer el año de publicacion del mismo, ya que, sino es problema, me gustaria citarlo en mi tesis. Muchas gracias, espero su respuesta. Feliz noche

     
  4. Geovanna

    30 agosto, 2016 at 1:32

    Excelente redacción del tema, muy completo.